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miércoles, 25 de septiembre de 2013

RETIRO DE PROPAGANDA POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA

La Municipalidad de Providencia informa que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica Constitucional 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, ha ordenado el retiro de toda propaganda electoral que haya sido instalada en la comuna fuera del plazo legal.

Para hacer efectivo este retiro, la Municipalidad ha dispuesto el siguiente procedimiento:


• La Dirección de Protección Civil y Seguridad Vecinal realiza un catastro diario de toda la propaganda electoral no autorizada en la comuna de Providencia.

• Este catastro es enviado con copia al Director de Aseo, Ornato y Mantención (DAOM), quien tiene como responsabilidad el retiro periódico de todas aquellas estructuras publicitarias ubicadas en el equipamiento urbano, tales como: calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, escaños, semáforos, y quioscos y que puedan constituir un riesgo para la población ya sea por las características de la infraestructura como por su ubicación en la vía pública.

• El catastro es enviado a la Dirección de Administración y Finanzas (DAF) que tiene como responsabilidad el retiro de las estructuras de base de concreto, para cuyos efectos se ha contratado un servicio especial por las dimensiones de la propaganda electoral.

• La propaganda electoral retirada se acopia en dos bodegas municipales y se devuelve a las o los interesados previo reembolso de los gastos en los que haya incurrido la Municipalidad al sacarla de la vía pública.

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